top of page
Logo CMI sin fondo.png

PRENSA

DIARIO EL SUR DE CONCEPCIÓN: JUSTICIA PERMITIÓ QUE MADRE SACAR A HIJOS DE ESTADOS UNIDOS 

Caso de Munira Paredes:

La abogada representante de la madre consideró que los jueces obraron cumpliendo con dos grandes valores: el de justicia y el de prudencia.
Se discutió el traslado o retención ilícita de menores de acuerdo a la Convención sobre aspectos civiles de secuestro internacional de niños, suscrita en La Haya en 1980.

SANTIAGO.- Como un fallo “histórico” que sienta jurisprudencia en la justicia chilena calificó la abogada de la Universidad de Chile, Cecilia Mundaca Iriarte,la reciente decisión de la Cuarta Sala de la Corte Suprema de permitir que los dos hijos del matrimonio Shrayef-Paredes se queden junto a su madre en nuestro país.
Según detalló la profesional a EL SUR, esto sólo fue posible tras una intensa batalla judicial en la que se enfrentaron la chilena Munira Paredes y el norteamericano de origen sirio Abed Shrayef luego que en agosto del año pasado, la madre huyera con los menores desde Nueva York denunciando que eran víctimas de maltrato y violencia intrafamiliar por parte de su marido.

Dictamen
En el dictamen que tiene carácter definitivo, los magistrados del máximo tribunal rechazaron por cuatro votos a uno el recurso de queja interpuesto por Shrayef, a través del cual pretendía dejar sin efecto la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago que estableció que los niños podían quedarse en Chile con su madre.
Antes, el Octavo Juzgado de Menores capitalino había dispuesto el regreso de los niños al estimar que hubo traslado ilegal.
En este punto, la abogada Mundaca fue enfática al precisar que lo que se discutió fue el traslado o retención ilícita de menores de acuerdo a la Convención sobre aspectos civiles de secuestro internacional de niños, suscrita en La Haya el 25 de octubre de 1980.
Sostuvo que en definitiva, la Corte Suprema determinó que “si bien se podía encontrar tipificada una retención ilícita, lo cierto es que los jueces no pueden hacer una aplicación automática e irreflexiva de la norma de la convención”.
Explicó en ese contexto, que de acuerdo al artículo 13-B la autoridad judicial no está obligada a ordenar el regreso del niño si se establece que existe un grave riesgo de que al retorno, lo expongan a un peligro físico o sicológico.
“Esto es lo más importante” recalcó Cecilia Mundaca, porque los magistrados han reconocido el sagrado principio de humanidad, en el sentido que las normas se aplican a personas.
A su juicio, este fallo sienta un precedentes en la justicia chilena, toda vez que la Corte nunca había fallado en esos términos y era partidaria de ordenar en forma inmediata que los niños volvieran al país de origen, porque “esa es la teoría que sustenta el gobierno chileno”.
Agregó que los tribunales van formando jurisprudencia con los mismos fallos, con los distintos criterios que se van dando y cambiando en el tiempo.
Consultada por cuál habría sido la resolución si el caso se hubiera presentado en una Corte de Estados Unidos, la abogada Mundaca puntualizó que “no tengo ninguna duda que el criterio de la justicia norteamericana habría sido muy similar al de la chilena”, lo que desde su perspectiva demuestra que nuestra justicia es tan buena como la del país del norte.

Factor Sename
En la resolución de los ministros José Benquis, José Luis Pérez, Orlando Alvarez y Jorge Medina, que se aprobó con el voto en contra del magistrado Urbano Marín, se establece que “separar a estos niños del lazo materno y de su actual entorno emocional, social y cultural los expone a un daño sicológico y afectivo grave”.
Para dictar el fallo, los ministros se basaron en un informe social del tribunal, que dice que “los niños deben permanecer bajo el cuidado de la madre en Chile junto a la familia materna, donde actualmente se encuentran protegidos”.
El informe agrega que esos beneficios se los ofrece el hogar materno en nuestro país, y que los niños están integrados al sistema preescolar.
Sin embargo según comentó la abogada Mundaca, un factor importante fue la pericia emanada del Servicio Nacional de Menores (Sename), el que aseguró que “los niños fueron víctimas de violencia intrafamiliar por parte del padre”, hecho que, a su juicio, viene a corroborar las aseveraciones de la madre en el sentido que huyó de su hogar en Estados Unidos, porque su marido ejercía sobre ella y los menores violencia física o sicológica.
“Me parece que eso fue fundamental, porque ellos como protectores de la infancia chilena son las personas más adecuadas para emitir un informe en esos términos”, concluyó Cecilia Mundaca Iriarte.



 

bottom of page